Nueva entrada en vigor sobre desahucios.

Autor: César Villasante Jueves Dic 24,2009

En Diciembre de 2009 entra en vigor una reforma legal que permite echar al moroso más rápidamente.

Se pasa de 2 meses de impago a sólo 1 mes para que el propietario lleve al inquilino al Juzgado y pueda lograr el desalojo a la primera reincidencia. La nueva ley acorta la mayoría de los plazos para agilizar la tramitación de la demanda.

La medida tiene como objetivo potenciar el alquiler: cuesta menos echar al arrendatario, por lo que habrá más propietarios dispuestos a arrendar, lo que beneficiará una bajada de precios.

Los puntos claves del Desahucio Express:

- Sólo un mes de retraso en el pago del alquiler y al Juzgado. El propietario podrá instar el desalojo cuando el inquilino le adeude un mes. Si el inquilino paga la deuda podrá seguir viviendo en la vivienda, pero al siguiente incumplimiento se le echará.

- Si la demanda de desahucio va acompañada de la petición de desalojo, el propietario no tendrá que esperar 20 días hábiles para pedir la ejecución de la sentencia.

- El juez dictará sentencia en 6 días.

- El inquilino quedará formalmente citado a juicio con un edicto, no por otros medios, si no se encuentra en su domicilio cuando se acuda a notificarle la vista..

- El propietario puede comprometerse en la demanda a perdonar toda o parte de la deuda si el inquilino se va en el plazo acordado (no inferior a 15 días).

Noticia de inmoblog.com

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